La lista de enfermedades para incapacidad permanente ofrece información sobre las patologías reconocidas que pueden dar lugar a esta condición. En este artículo, se analizan los requisitos legales para solicitarla, los diferentes grados de incapacidad y el proceso de evaluación llevado a cabo por el Equipo de Valoración de Incapacidades. Además, se resuelven preguntas frecuentes sobre la cotización, las revisiones y el impacto de la revalorización de las pensiones en la incapacidad permanente.
Tabla De Contenidos
1. Incapacidad Permanente: Definición y requisitos legales
La incapacidad permanente es una situación en la que un trabajador sufre una limitación severa y duradera en su capacidad laboral debido a una enfermedad o lesión. Esta condición impide que la persona pueda desempeñar su trabajo de manera eficiente o segura.
Concepto de incapacidad permanente
La incapacidad permanente se caracteriza por ser una condición de carácter crónico o irreversible, que impide de forma permanente al trabajador realizar su actividad laboral de manera habitual. Este deterioro en la capacidad funcional puede afectar tanto a nivel físico como psicológico, y es evaluado por profesionales médicos y legales para determinar su grado y la necesidad de una prestación.
Requisitos legales para solicitar la incapacidad permanente
Para optar a una prestación por incapacidad permanente se deben cumplir ciertos requisitos legales establecidos. En primer lugar, el trabajador debe tener entre 18 y 65 años, residir en España durante al menos 5 años y contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, es importante no superar el límite de ingresos anuales determinado. Estos requisitos garantizan que la persona cumple con los criterios necesarios para ser considerada como un caso de incapacidad permanente.
Grados de incapacidad permanente
Existen diferentes grados de incapacidad permanente que determinan la pensión correspondiente a percibir. Estos grados son evaluados según el nivel de limitación que presente el trabajador en su capacidad laboral. Los grados son:
- Incapacidad permanente parcial: El trabajador presenta una disminución de su capacidad para trabajar, pero puede seguir desempeñando actividades laborales.
- Incapacidad permanente total: El trabajador no puede realizar la actividad laboral habitual, pero puede desempeñar otras profesiones.
- Incapacidad permanente absoluta: El trabajador no puede realizar ninguna actividad laboral y necesita asistencia para realizar tareas básicas en su vida diaria.
- Gran invalidez: El trabajador sufre una incapacidad absoluta y requiere de asistencia continua de otra persona para realizar todas las actividades de la vida diaria.
La determinación del grado de incapacidad permanente se realiza mediante un proceso de evaluación médica y legal, teniendo en cuenta la naturaleza y el alcance de la enfermedad o lesión del trabajador.
2. Lista de enfermedades para Incapacidad Permanente
En esta sección, se presenta una tabla con las enfermedades reconocidas como posibles causantes de incapacidad permanente. Además, se detallan las enfermedades por especialidades médicas en las que se incluyen cardiología, psiquiatría, traumatología, neurología y reumatología.
Enfermedades reconocidas como causantes de incapacidad permanente
- Enfermedades pulmonares
- Enfermedades crónicas
- Secuelas de enfermedades o lesiones
Estas enfermedades son evaluadas por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) para determinar si impiden el correcto desempeño del trabajo y si pueden dar lugar a una incapacidad permanente. Es importante tener en cuenta que la incapacidad no se reconoce únicamente por la enfermedad en sí, sino por cómo dicha patología o lesión limita al trabajador. Cabe destacar que una misma enfermedad puede ser incapacitante para una persona pero no para otra, y puede desencadenar diferentes grados de invalidez en diferentes individuos.
Enfermedades por especialidades médicas
- Cardiología: se incluyen enfermedades como enfermedad coronaria, insuficiencia cardíaca, arritmias.
- Psiquiatría: se incluyen enfermedades como depresión mayor, trastorno bipolar, esquizofrenia.
- Traumatología: se incluyen enfermedades como hernia discal, lesiones articulares, fracturas complejas.
- Neurología: se incluyen enfermedades como esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson, parálisis cerebral.
- Reumatología: se incluyen enfermedades como artritis reumatoide, lupus eritematoso sistémico, fibromialgia.
Es importante destacar que esta lista no es exhaustiva y existen otras enfermedades que también pueden dar lugar a la incapacidad permanente. El reconocimiento de la incapacidad depende de la evaluación realizada por el Equipo de Valoración de Incapacidades, teniendo en cuenta cómo la enfermedad afecta la capacidad laboral del individuo.
3. Proceso de solicitud y evaluación
Pasos para solicitar la incapacidad permanente
El proceso de solicitud de la incapacidad permanente se inicia presentando una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM), dependiendo de si el solicitante es trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia. En la solicitud, se debe incluir la documentación que respalda la situación de incapacidad, como informes médicos detallados, pruebas diagnósticas y cualquier otro documento que evidencie la enfermedad o lesión que limita la capacidad de trabajo del solicitante.
Una vez presentada la solicitud, se llevará a cabo un proceso de análisis y evaluación por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Este equipo está compuesto por médicos y profesionales especializados que examinarán minuciosamente la documentación médica aportada y realizarán una evaluación de las capacidades funcionales del solicitante.
Evaluación por el Equipo de Valoración de Incapacidades
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) se encarga de evaluar la capacidad laboral del solicitante. Durante la evaluación, se tendrán en cuenta diferentes aspectos como los informes médicos, los resultados de pruebas médicas, la evolución de la enfermedad o lesión, y cualquier otro factor relevante para determinar el grado de incapacidad.
El objetivo principal de esta evaluación es determinar si el solicitante cumple con los requisitos establecidos para acceder a la incapacidad permanente, considerando tanto su capacidad para realizar su trabajo habitual como su capacidad para desempeñar otras ocupaciones. El EVI emitirá un informe detallado con el grado de incapacidad reconocido y las limitaciones funcionales del solicitante.
Los diferentes tipos de incapacidad permanente y su pensión correspondiente
Existen diferentes tipos de incapacidad permanente reconocidos, que varían en función del grado de limitación del trabajador. Los tipos de incapacidad permanente son los siguientes:
- Incapacidad permanente parcial: cuando el trabajador tiene reducidas sus capacidades laborales, pero puede desempeñar un trabajo distinto al habitual. En este caso, el trabajador percibirá una pensión proporcional a su grado de incapacidad.
- Incapacidad permanente total: cuando el trabajador no puede desempeñar su trabajo habitual, pero sí puede realizar otras actividades laborales. En este caso, el trabajador percibirá una pensión equivalente al 55% de la base reguladora.
- Incapacidad permanente absoluta: cuando el trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo debido a su incapacidad. En este caso, el trabajador percibirá una pensión equivalente al 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez: cuando el trabajador requiere la asistencia de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria. En este caso, el trabajador percibirá una pensión aumentada según un porcentaje establecido.
La pensión correspondiente a cada tipo de incapacidad permanente puede variar en función de la base reguladora, que se calcula teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas durante el período de actividad laboral del trabajador. Es importante destacar que la revisión de la incapacidad permanente también puede solicitarse en caso de agravación o mejoría de la enfermedad o lesión que originó la incapacidad inicialmente reconocida.
4. Preguntas frecuentes sobre la incapacidad permanente
Requisitos de cotización para la incapacidad permanente
Para solicitar la incapacidad permanente, es importante cumplir con los requisitos de cotización establecidos. Se requiere haber cotizado un determinado número de días o meses, dependiendo de la edad del solicitante. La legislación vigente establece que se deben haber cotizado al menos 180 días dentro de los últimos 5 años, o bien, 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
Posibilidad de revisión de la incapacidad permanente
Una vez concedida la incapacidad permanente, existe la posibilidad de solicitar una revisión en caso de agravación o mejoría de la enfermedad o lesión. El trabajador debe presentar informes médicos actualizados que avalen el cambio en su condición de salud. El Equipo de Valoración de Incapacidades evaluará esta situación y determinará si procede realizar una revisión y, en su caso, si corresponde modificar el grado de incapacidad.
Impacto de la revalorización de las pensiones en la incapacidad permanente
La pensión por incapacidad permanente puede verse afectada por la revalorización de las pensiones, la cual puede variar año tras año en función de la evolución económica y las políticas gubernamentales. Estos ajustes pueden suponer una reducción, aumento, mantenimiento o cancelación de la pensión percibida. Es importante tener en cuenta que cualquier cambio en la cuantía de la pensión será notificado al beneficiario de forma adecuada y cumpliendo los procedimientos legales establecidos.
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Hola tras 11 años de bajas y altas, prórrogas,propuestas de incapacidad denegadas, juicios perdidos y una suma de nuevas patologías y un despropósito de juicios, agotada, desanimada y con mucho dolor. Necesito encontrar en mi ciudad Gijón un buen despacho especialista en este tema, que me haga un presupuesto de honorarios que pueda pagar y para que me informe seriamente si es viable una incapacidad total permanente ya que mis patologías no me permiten llevar una vida normal, aún menos incorporarme a mi trabajo como cajera reponedora. Estoy agotada, desanimada y sin ganas de pelear salvo que el caso esté muy claro, espero su respuesta con mucha ansiedad
Buenos dias Alina. Lamentamos mucho su situación y comprendemos su estado de ánimo. Necesitamos conocer más en profundidad su caso para poder valorar las opciones que tiene de conseguir una incapacidad permanente. Somos un despacho especializado en conseguir pensiones de incapacidad permanente y podemos ayudarla con su caso. Nosotros llevamos casos en Gijón. Le vamos a enviar un email con los documentos que necesitamos para valorar su caso y esa valoración es gratuita. Hemos conseguido varias pensiones de incapacidad para cajeras reponedoras de supermercado. Le animamos a seguir luchando por sus derechos.
Buenas noches, actualmente estoy de baja desde mayo del año pasado, por lo que la IT se terminó e hice las gestiones para la Incapacidad permanente y también estoy a la espera de la resolución del tribunal médico, que me vió el día 22 de Noviembre.
Tengo diagnosticado estrés crónico, varias protusiones y síndrome piramidal, que me limitan en mi vida diaria.
Ésta es la segunda baja larga desde el 2017 que empecé con éste problema y me llevan desde entonces en la unidad del dolor.
Me gustaría saber si habría posibilidad de obtener una incapacidad total y así poder buscar otro trabajo de media jornada que pueda realizar, porque actualmente 8 horas me es imposible y en mi trabajo actual menos, soy operaria de fábrica de automoción.
Agradecería su asesoramiento.
Un saludo .
buenos dias Rosario. Todo parece indicar que le van a conceder la Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual. En ese caso, podrá trabajar en otra actividad laboral que sea compatible con la pensión que le van a conceder. En el supuesto poco probable que no le concedieran la Pensión de invalidez en grado de Total o pretenda una pensión en grado de absoluta, llámenos y le ayudaremos. Saludos y mucho ánimo.
Muchas gracias por responder, hoy mismo he recibido una carta diciendo que me amplían la IT 6 meses más por estar con tratamientos pendientes…
De acuerdo. Por supuesto que contactamos con usted. Saludos.
Hola buenas tardes, Don Roberto llevo 1año de baja, ayer recibí una carta del instituto prolongado la baja 180 días más el diagnóstico de la psiquiatra es cuadro ansioso depresivo grave soy vigilante de seguridad llevo veinte años trabajando de noche cumplo, 55 años en diciembre y tengo cotizado 31 años estoy con tratamiento desde el16 de marzo del2023 y ahora me mandan a hacer unas radiografías de la rodilla izquierda por dolor intenso y una de la columna vertebral por espondilosis todo a consecuencia de caminar para reducir ansiedad
Buenas tardes Rodolfo. Todo apunta a que si la patología psiquiátrica no mejora, el INSS tendrá que reconocerlo la Incapacidad Permanente al menos en el grado de total para su profesión de vigilante de seguridad. Si una vez que le concedan este grado, no está de acuerdo, porque su patología mental no le permite realizar ningún tipo de trabajo, debe recurrir el grado a la absoluta. En el supuesto de que el INSS no estimara la absoluta y más tarde el juez correspondiente tampoco, lo que es poco probable, le dejarían con la total, pero ésta no la perdería, por lo que debe seguir el proceso. Si tiene algún problema, vuelva a contactar con nosotros y revisaremos su expediente, pero en principio esté tranquilo, puesto que deben reconocer su enfermedad.
Hola llevo de baja por depresión 18 meses tengo cita ya con el tribunal médico, trabajo de socorrista vigilando piscina ya solicite para incapacidad permanente,tomo medicación,cree me concederán la incapacidad?
Buenos dias María. Sin conocer su documentación médica y si su enfermedad esta o no cronificada, no podemos darle una respuesta concreta, pero todo apunta a que usted al menos estaría incapacitada para la actividad de socorrista, puesto que puede haber riesgo no solo para usted, sino para terceras personas debido a su puesto. Le deseamos mucha suerte.
Buenos dias, llevo de baja por contingencias comunes desde diciembre/23, por rizartrosis del pulgar de la mano izquierda. Me operaron para ponerme una prótesis.
Durante la rehabilitación me detectaron cancer de mama izquierda, grado I y fui intervenida por tumorectomia, actualmente estoy en tratamiento de radioterapia.
Así mismo, tengo una lumbalgia crónica diagnosticada desde hace unos 3 años.
Mi profesion es Directora de calidad en el sector metal, y queria solicitar la incapacidad permanente parcial ya que con la mano he de sujetar piezas para medir y me condiciona la falta de fuerza, así como dolor por haber sido tambien intervenida en dicho brazo del cancer de mama y haberme extirpado 3 glángios linfáticos.
Les agradeceria su opinion al respecto.
Muchas gracias por su atencion
Buenos dias Nuria. Las pensiones por IP Parcial son las más complicadas de conseguir. Nuestra recomendación es que siga de baja laboral hasta agotar este periodo para que queden valoradas las secuelas y que dirija el expediente para evitar errores un abogado experto en incapacidad permanente y que le oriente en la contratación de un perito médico, experto en medicina del trabajo. Nuestro despacho es especialista en este tipo de incapacidades y podemos dirigir el expediente hasta su finalización. Recuerde que nuestros honorarios solo se establecen si conseguimos la pensión para usted. Saludos.
De acuerdo Roberto.
Muchisimas gracias
Hola mi baja es por depresión y ansiedad fuerte causante de estrés por mi trabajo y y el siquiatra de me a dicho Q tengo déficit de atención Q en mu trabajo y nunca me afectado para nada me an de negado la incapacidad de por déficit de no por la ansiedad y depresión te con el Q estoi medicada Q de o hacer un tengo 30dias para solucionar
buenos dias Esther, ya le hemos contestado en otro comentario. Mucha suerte.
Mi baja es por depresión y ansiedad y y y el innss te de me a dicho Q es por déficit de atención Q a mi en mi trabajo y nunca me me afect
Ado eso causante de Q me an de negado la incapacidad de no tengo ingresos y Q debo hacer no estoy bde acuerdo con la resolución
Buenos dias Esther. Lamentamos mucho su situación. Nuestro consejo es que usted hable con el especialista en psiquiatría, le cuente el estado en que se encuentra y la imposibilidad de realizar un trabajo con un mínimo de normalidad. Seguro que le ayudará y lo reflejará en un informe médico que podrá presentar ante el INSS en el caso de que procedan al alta médica o le hayan denegado la incapacidad permanente. En cualquier caso también puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital, le dejo un enlace para que lo pueda solicitarlo, https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7 . Saludos y mucha suerte.