Como abogados expertos en incapacidad permanente vamos a explicarte todas las cuestiones importantes sobre la pensión de gran invalidez. Cuando las lesiones o enfermedades que sufre el trabajador son de gran entidad y no le permiten realizar ningún tipo de actividad laboral, el INSS le puede conceder una pensión de incapacidad permanente absoluta. Esta pensión corresponde con el 100 % de la base reguladora del trabajador.

Si, además el trabajador mantiene problemas para desempeñar sus actividades cotidianas más elementales y necesita la asistencia de una tercera persona, si por ejemplo padece problemas de movilidad, puede solicitar la concesión de una pensión de incapacidad permanente en grado de gran invalidez.

Este tipo de pensión, supone un incremento de la base reguladora y está destinada a que el trabajador haga frente a los gastos de la persona que le cuide. En ningún caso el complemento señalado podrá tener un importe inferior al 45 por ciento de la pensión percibida, sin el complemento, por el trabajador. Este complemento se añadirá a la pensión de incapacidad permanente absoluta.

Requisitos esenciales para la concesión de gran invalidez

Como abogados de gran invalidez y para explicarte todo sobre la pensión de gran invalidez, te indicamos que se tienen que dar algunas circunstancias para que sea concedida la pensión de gran invalidez:

a) El trabajador tiene que presentar limitaciones funcionales que le impidan realizar actos fundamentales de la vida cotidiana, como por ejemplo vestirse, comer, tener dificultades para trasladarse, etc.

b) Que, para desarrollar todas estas funciones habituales de la vida, necesite la ayuda de una tercera persona.

c) Que la ayuda de esta tercera persona, aunque no se precise que sea para todas las actividades del trabajador, se requiera de forma continua y para una parte importante de las actividades cotidianas.

Como abogados de gran invalidez, debemos indicar, que para conseguir la calificación de pensionista de gran invalidez, no es suficiente la mera dificultad para la persona para desarrollar los actos actividades de la vida, pero si es imprescindible que mantenga imposibilidad para realizar cualquiera de ellos. Se entiende como actos esenciales para la vida, le necesidad que tiene una persona para desarrollar actividades imprescindibles para el ser humano como como la dignidad, seguridad o higiene.

Abogados expertos en pensiones de gran invalidez

Como abogados especializados en pensiones permanentes de gran invalidez de acomisionabogados.com, podemos ayudarle a conseguir este tipo de grado de incapacidad permanente. Estos abogados de gran invalidez solo cobran honorarios si consiguen la pensión para el cliente.

por Roberto Hernández. Abogado especialista

por Roberto Hernández. Abogado especialista

Abogado experto en seguridad social, incapacidad permanente ,despidos y daños.  Desde 1981 luchando contra la administración y los perjuicios que provocan a las personas.