El trabajador desempeñaba la profesión de marmolista, principalmente corte y tallado de piedra silicia desde hace 40 años, con inhalación de polvos inorgánicos la mayor parte del tiempo sin protección. Después de permanecer en Incapacidad Temporal después de 18 meses, el INSS de Toledo decidió que el trabajador ya era apto para su trabajo, denegándole la pensión de incapacidad permanente, motivo por el cual contacto con nuestro equipo de a comisión abogados.

18 meses de incapacidad temporal por silicosis.

El trabajador inició un expediente de incapacidad permanente alegando que sus patologías eran crónicas y que ya no podría desarrollar su trabajo de marmolista. Presentaba el siguiente cuadro clínico: Silicosis de primer grado. Patrón restrictivo moderado probablemente secundario a neumoconiosis. Adenopatías mediastínicas múltiples. Hiperreactividad bronquial. SAHS Grave sin tratamiento con CPAP por mala tolerancia y adherencia al tratamiento. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), lo que le limitaba para desarrollar una actividad de alta exigencia física y perjudicial por los polvos que emite, como es la de marmolista y por Resolución del INSS, en donde se acogía el dictamen propuesta del EVI, denegó la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral por ser constitutivas de una incapacidad permanente.

 

El trabajador marmolista contactó con acomisionabogados.com, los cuales analizamos el caso y observamos que el trabajador tenía toda la razón e iniciamos las acciones legales, para conseguirle una pensión vitalicia de invalidez.

Sentencia favorable de incapacidad permanente.

Realizamos un escrito de Reclamación previa oponiéndonos a la resolución administrativa  la cual fue desestimada por el INSS y no tuvimos otra opción que acudir al juez. Presentamos demanda de incapacidad permanente la cual recayó en el Juzgado de lo Social nº 2 de Toledo.

Conseguimos una pensión de 1.200 € para el marmolista

La magistrada entendió perfectamente la problemática del trabajador marmolista y condenó al INSS a declarar al demandante en situación de Incapacidad Permanente Total para el desempeño de su profesión de marmolista con derecho a percibir una pensión vitalicia que superaban los 1.200 € mensuales.

 

El equipo de abogados especializados en incapacidad permanente solo cobra sus honorarios si se consigue la pensión.