La mutua me da el alta, ¿qué hago?

Imagínate: estás en casa recuperándote, aún medio renqueante, y de repente te llega la famosa carta de la mutua: “ya estás recuperado, puedes volver al trabajo”. Y tú te quedas pensando: ¿recuperado yo? Si todavía me tengo que agarrar a la barandilla para subir dos pisos sin parar. Créeme, esa cara de sorpresa y cabreo la ponen cientos de personas cada semana.

La verdad es que desanima mucho. Has pasado meses de baja, de médicos, de pruebas, de dolores… y cuando notas que aún queda camino, ¡zas!, la mutua decide que ya estás para reincorporarte como si nada.

Por eso, en este artículo te voy a explicar, paso a paso y con ejemplos reales, qué significa que la mutua te dé el alta, qué opciones tienes si no estás bien, cómo se reclama y qué errores evitar. Piensa en esto como una charla entre amigos: yo te cuento lo que aprendí, lo que me funcionó, lo que vi en clientes y lo que no deberías repetir.

¿Qué significa que la mutua te dé el alta?

Vamos directos: cuando la mutua dice que “ya estás recuperado”, lo que están comunicando es que, para ellos, ya no necesitas seguir de baja. Y eso implica tres cosas muy concretas:

  1. Se corta tu baja médica.
  2. Se corta también el dinero que estabas cobrando mientras estabas de baja.
  3. Te toca reincorporarte a tu puesto en la fecha que marquen.

El problema es que esta decisión muchas veces no refleja cómo estás realmente. Te pongo un ejemplo real: un cliente mío recibió el alta cuando todavía no podía estar sentado más de dos horas sin que se le clavara un dolor insoportable en la espalda. ¿Cómo iba a aguantar una jornada completa delante del ordenador? Imposible.

Y aquí está la trampa: las mutuas no solo piensan en tu salud, también miran los números. Cuanto antes te den el alta, antes dejan de pagar. Por eso, si no estás bien, no te resignes. Tienes derecho a reclamar.

¿Qué hacer si la mutua propone el alta?

Vale, escenario típico: recibes la carta. ¿Y ahora qué?

Lo primero: no te precipites. Mucha gente comete el error de reincorporarse sin rechistar. ¿Resultado? Recaídas, broncas con la empresa, bajas repetidas y, en los peores casos, hasta despidos.

Mi consejo, basado en experiencia y en ver muchos casos, es este:

  1. Mira bien la notificación. Entre tecnicismos y letras pequeñas, a veces no entendemos ni la mitad. Fíjate en la fecha exacta y en quién lo firma.
  2. Escúchate. ¿De verdad estás para volver a tu trabajo? No es lo mismo estar en una oficina que volver a cargar peso en un almacén.
  3. Pide informes a tus médicos. Yo siempre digo: los informes son tus mejores amigos. Un traumatólogo dejando por escrito que aún tienes limitaciones vale más que mil palabras.
  4. Busca ayuda legal rápido. Y cuando digo rápido, lo digo en serio: los plazos son tan cortos que si te lo piensas mucho, ya llegaste tarde.

Un ejemplo que siempre cuento: un chico de la construcción, recién operado de menisco. La mutua le dio el alta porque podía andar sin muletas. Pero claro, una cosa es caminar y otra muy distinta cargar sacos de cemento. Reclamó a tiempo y, gracias a eso, el alta quedó anulada y pudo seguir con la rehabilitación.

PREGUNTAS FRECUENTES (las dudas de todos)

La mutua me da el alta, ¿qué hago si no estoy bien?

Aquí no hay misterio: impugna el alta. Ese es tu derecho. Y cuidado con los plazos: si llevas menos de un año de baja, tienes solo 4 días hábiles para presentar la reclamación. Vamos, que te ponen una cuenta atrás.

Un ejemplo: si recibes la carta un jueves, tienes hasta el martes siguiente (porque sábado y domingo no cuentan). Si no lo haces, toca reincorporarse aunque sigas medio roto.

¿Y si me dan el alta con secuelas?

Es muy común. Imagina a alguien que tuvo un accidente de tráfico: sigue con mareos y dolores de cuello y encima su trabajo es conducir. ¿De verdad puede volver? Ni hablar.

En estos casos es imprescindible tener informes médicos. Decir “me duele” no basta: tiene que estar escrito y firmado.

¿Cómo se impugna el alta?

Depende del tiempo que lleves de baja:

  • Antes de los 365 días: reclamas al INSS en 4 días hábiles. Ellos tienen 15 días para contestar. Mientras tanto, no te reincorporas.
  • Después de 365 días: la mutua ya no pinta nada. Decide el INSS. Puede alargar la baja, darte incapacidad permanente o confirmar el alta. Si lo confirman, te toca ir a juicio.

Un cliente mío lo hizo así: presentó reclamación con un informe de su psiquiatra. El INSS tumbó el alta y pudo seguir en tratamiento unos meses más, hasta estar realmente preparado.

¿Qué pasa si recaigo?

La típica. Vuelves al trabajo porque no te queda otra y, a los pocos días, estás peor que antes. Aquí puedes pedir otra baja médica. Y si lo tuyo ya es crónico, lo recomendable es solicitar una incapacidad permanente.

¿Puedo pedir yo el alta voluntaria?

No. Eso es un mito. Solo pueden dar el alta la mutua, el INSS o tu médico de cabecera, según el caso.

¿Y si la mutua me propone para incapacidad permanente?

Aunque suene raro, suele ser buena señal: significa que ven que lo tuyo es serio y lo envían al INSS para que estudie si te corresponde una pensión.

¿Cuándo hay que demandar de verdad?

Cuando ya has reclamado y no te hacen caso. Ahí no queda otra que ir a juicio. Y créeme: no es lo mismo ir con un abogado cualquiera que con alguien especializado en incapacidades.

¿Quién da el alta, la mutua o el médico de cabecera?

  • Accidente laboral o enfermedad profesional: la mutua.
  • Enfermedad común o accidente fuera del trabajo: tu médico de cabecera o el INSS.

¿Qué pasa si no cojo el teléfono de la mutua?

No pasa nada grave, pero cuidado: si luego te mandan una carta y no acudes, pueden cortarte la prestación. Mejor no jugar con fuego.

¿Qué digo si me llaman?

Lo justo y necesario. Cuenta cómo te encuentras y nada más. No te enrolles porque lo que digas puede ser usado en tu contra.

¿Qué hago si me presionan?

Guarda todo: cartas, llamadas, correos… Si se pasan de listos, puedes denunciarlo.

¿Tengo que llevar informes médicos a la mutua?

Sí, siempre. Sin informes todo se convierte en tu palabra contra la suya. Y ya sabes quién suele ganar en esa pelea.

Cómo impugnar el alta (explicado fácil)

Antes de los 365 días

  • Reclamas en el INSS en 4 días hábiles.
  • No te reincorporas hasta que contesten.
  • Responden en 15 días.

Ejemplo: María, administrativa, con ansiedad diagnosticada. La mutua le dio el alta. Ella reclamó en 3 días con informe de su psiquiatra. El INSS anuló el alta y pudo seguir de baja hasta recuperarse.

Después de los 365 días

  • Decide el INSS directamente.
  • Puede prorrogar la baja, darte incapacidad permanente o darte el alta definitiva.
  • Si confirman el alta, toca juicio.

Motivos más comunes para reclamar un alta

  1. Sigues con dolores o limitaciones que no te dejan trabajar.
  2. Te han quedado secuelas graves: depresión, dolor crónico, movilidad reducida.
  3. Tu especialista dice que no puedes trabajar, pero la mutua dice lo contrario.
  4. No te han hecho todas las pruebas necesarias.
  5. Parece que el alta es más para ahorrar que para curarte.
  6. Volver al trabajo puede ser hasta peligroso (ejemplo: un conductor con mareos).

Impugnar o pedir revisión: no es lo mismo

  • Impugnar: sirve para parar un alta recién emitida.
  • Revisión médica: se pide cuando, tiempo después, empeoras o aparece algo nuevo.

¿Qué pasa cuando impugnas?

  • Si reclamas a tiempo, puedes seguir de baja hasta que resuelvan.
  • Si te dan la razón, vuelves a estar de baja y sigues cobrando.
  • Si no, tendrás que reincorporarte… o pelear en los tribunales.

Consejos prácticos que valen oro

  • Controla los plazos como si fueran exámenes finales: 4 días pasan volando.
  • Guarda informes médicos como si fueran tesoros.
  • No te reincorpores si tu cuerpo dice que no. Tu salud va primero.
  • Habla con un abogado especializado desde el primer día.
  • No ignores cartas ni citaciones: eso solo complica más las cosas.

Conclusión

Que la mutua te dé el alta cuando todavía estás mal es un jarro de agua fría. Pero créeme: no es el final del camino. Lo importante es actuar rápido, rodearte de médicos y abogados que sepan del tema y no conformarte con un papel que no refleja tu realidad.

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Roberto Hernández

Roberto Hernández

Director de AcomisiónAbogados

Este artículo ha sido redactado por el director de nuestra firma Roberto Hernández.